PROGRAMA DE COORDINACION PARA LAS ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES. CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES DE LA NACION
ARTÍCULO 1°.- Créase el Programa de Coordinación para las Altas Capacidades Intelectuales en el ámbito del Ministerio de Educación y Deportes.
https://www.hcdn.gob.ar/proyectos/textoCompleto.jsp?exp=4250-D-2018&tipo=LEY
ARTÍCULO 2°.- El Programa de Coordinación para las Altas Capacidades Intelectuales tiene como objetivos:
a) Desarrollar jornadas de difusión y capacitación para la detección de las altas capacidades intelectuales dirigidos a la comunidad educativa, profesionales afines y público en general; y
b) Elaborar y publicar informes y estadísticas sobre las altas capacidades intelectuales que incluyan recomendaciones pedagógicas y guías de acción para el desarrollo del potencial de los alumnos/as con altas capacidades.
ARTÍCULO 3°.- A los fines de la presente ley, se entiende por niños y niñas con altas capacidades intelectuales a aquellos que presentan capacidades excepcionales, en una o más áreas de conocimiento o en una o más funciones cognitivas.