La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre para la mejora de la calidad educativa, establece que les corresponde a las administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades.
https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/alta-capacidad-intelectual
Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuación y programas de enriquecimiento curricular adecuados a dichas necesidades, que permitan al alumnado desarrollar al máximo sus capacidades.
Programa de enriquecimiento educativo
Información actualizada de carácter general y sobre las actividades que se desarrollan en el Programa de Enriquecimiento Educativo para Alumnos con Altas Capacidades en la Web del Programa
http://www.educa2.madrid.org/web/peac/inicio